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martes, 11 de septiembre de 2012

Violencia contra las mujeres

 La Ley Integral contra la violencia de género reconoce una serie de derechos subjetivos a las mujeres víctimas de violencia con su independencia de su origen, religión o cualquier otra condición:
  •  Derecho a ser informadas y asesoradas.
  •  Derecho a asistencia social integral a través de servicios sociales. 
  • Asistencia jurídica para todas las víctimas, gratuita para las que acrediten insuficiencia de recursos. Además las víctimas tienen la misma dirección letrada y especializada para los procesos penales civiles o administrativos que se puedan instar. 
  • Derechos laborales y prestaciones de la seguridad social, como el derecho a reducción o reordenación del tiempo de trabajo, la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo, a la suspensión de la relación laboral con reserva del puesto de trabajo y a la extinción del contrato de trabajo.
  • Derechos económicos a las víctimas con escasos recursos, cuando sus rentas mensuales no superen el 75 por cien del salario mínimo interprofesional.
     
 El órgano con competencia en la formulación de las políticas públicas en esta materia y la coordinación e impulso que se realicen al respecto es la Delegación del Gobierno para la violencia de género, que es un órgano con rango de dirección general dependiente de la Secretaría General de Políticas de Igualdad del Ministerio de Igualdad.
En la página web del Ministerio de Igualdad puedes encontrar más información sobre:¿Qué es?,¿Qué hacer? y otras informaciones de interés, como derechos y servicios documentación y acceso a la web de recursos en violencia de género.

PLAN DE IGUALDAD


   La Consejería de Educación, consciente de esta realidad y de la importancia que tiene la actuación desde las políticas públicas para que el principio de igualdad entre hombres y mujeres consagrado en nuestra Constitución y en el Estatuto de Autonomía
para Andalucía sea una realidad, ha determinado desde su ámbito de competencias desarrollar una intervención global en el marco educativo a través de este I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación.

     La educación integral de las personas implica la adquisición de un conjunto de capacidades básicas de tipo cognitivo, emocional y ético. Esto supone que a la necesidad incuestionable de educar en habilidades y conocimientos se añade la de educar para una mejor calidad de vida y para dotar a esta de sentido moral.

     El sistema educativo debe hacerse cargo de crear las condiciones necesarias para que la escuela potencie los aprendizajes para la vida afectiva e incorpore el valor y la riqueza que supone la diversidad de modos de ser hombre y de ser mujer que son el sustrato imprescindible para establecer unas relaciones basadas en la equidad, el respeto y la corresponsabilidad.